Proyecto de ley. Que los políticos paguen lo que proponen

Artículo 1ro: Todo legislador del nivel nacional, provincial o municipal, estará sujeto de por vida a las normas que proponga, acompañe u apruebe.

Artículo 2do: Los miembros de los respectivos poderes ejecutivos y ministros que refrenden normas, estarán igualmente alcanzados por el artículo anterior.

Artículo 3ro: Todo funcionario público que dicte reglamentos o resoluciones de carácter general, o los acompañe, estarán sujetos a sus disposiciones de por vida.

Artículo 4to: La derogación o modificación en un sentido más benigno al ciudadano, sobre las normas de los artículos anteriores, no beneficiará a los agentes públicos alcanzados.

Artículo 5to: Todo legislador estará sujeto al pago de los impuestos que propusiere, acompañare u aprobare, de por vida.

Artículo 6to: Cualquier ciudadano tendrá derecho a pedir la aplicación de esta ley a los casos específicos en que corresponda, si la autoridad pública lo hubiera omitido.

Artículo 7: De forma.

Sigan mis ideas sobre la actualidad en www.patreon.com/josebenegas

 

By Jose Benegas

Abogado, ensayista y periodista. Master en economía y ciencias políticas. Conductor y productor de radio y televisión. Colaborador de medios escritos, televisivos y radiales. Analista y conferencista internacional desde la perspectiva de la sociedad abierta y las libertades personales a las que ha dedicado su obra intelectual. Dos veces premiado en segundo lugar del concurso internacional de ensayos Caminos del la libertad.

Leave a comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.