Por Jose Benegas

En el debate en comisión del proyecto de ley de medios audiovisuales del gobierno surgió la cuestión de la prohibición al Congreso de legislar en materia de libertad de imprenta del artículo 32 de la Constitución. Y también el oficialismo intentó responder esto, valiéndose de una opinión vertida en el blog Saber Derecho.

El artículo 32 de en cuestión señala lo siguiente:

Art. 32.- El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.

El post interviene en dos temas, el primero el que tiene que ver con los derechos adquiridos. Voy a obviar el comentario sobre eso, solo aclaro que no estoy de acuerdo tampoco. Voy a la cuestión del artículo 32 que es en mi opinión la mayor objeción que se le puede hacer a esta y cualquier ley federal sobre esta materia.

El análisis comienza por reconocer que cuando el artículo 32 habla de “libertad de imprenta” abarca a los que hoy son denominados medios audiovisuales de comunicación. Esto es así en cuanto lo único que hay entre la imprenta como modo de transmitir las ideas y los medios audiovisuales es un avance tecnológico y el mismo espíritu que motivó la prohibición debe extenderse a situaciones inexistentes al momento de dictarse la Constitución.

El silogismo, a mi entender, se encuentra completamente cerrado. La norma se podría leer de la siguiente manera: “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de los medios audiovisuales de comunicación ni establezcan sobre ella la jurisdicción federal”.

En eso estamos todos de acuerdo, pero el post continúa señalando que el argumento “tiene trotyl” por cuanto no solo impide el dictado de la nueva ley, sino de cualquier ley federal referida a la cuestión. Con lo cual estoy de acuerdo, son tan inconstitucionales el proyecto oficial como los de la oposición. Y lo es la Ley Federal de Radiodifusión vigente que solo se pudo haber dictado bajo un gobierno de facto. Si ese es el trotyl, bienvenido sea. Qué otra cosa es una Constitución que una forma de desmembrar al poder, aunque no usaría la metáfora de la explosión. Lo que una prohibición constitucional expresa es lo contrario a lo que representa un explosivo por cierto.

El argumento que sigue es que la ley oficial no estaría restringiendo la libertad de imprenta, sino posibilitándola. Algo que ya no encaja siquiera con la reacción de todos los interesados, titulares de las modernas “imprentas” audiovisuales y con el contenido de toda la ley, que determina cuotas de producción nacional, de cine nacional, prohibiciones para operar a los extranjeros (en violación al artículo 20 de la Constitución Nacional), contenidos que pueden ser declarados públicos, plazos de licencia, cuantas licencias se pueden tener, determina quién es idóneo para ejercer esa “libertad de imprenta”, etc, etc, etc. Toda la ley es una restricción a los medios audiovisuales y los diputados que la promueven se jactan de estar luchando contra “monopolios” y “grupos concentrados”.

Podrán creer que todo es necesario y loable y que el Congreso fue instituido para protegernos de las opiniones incorrectas o interesadas. Terminarán por esa vía instituyendo la pesadilla del “Ministerio de la Verdad” de George Orwell en “1984”. Pero aunque no se enteren de a dónde conducen sus argumentos protectores, el artículo 32 dice con toda claridad que todos esos temas pertenecen a la jurisdicción provincial, no federal.

Monopolio, dicho sea de paso ni siquiera hay, apenas existe un multimedios con una presencia mayor a otros, inclusive gozando de privilegios que no se ocupan de quitar, que le han permitido a ese grupo tapar la realidad en beneficio de los que ahora dicen que están preocupados por las mentiras, pero ese no es el punto. Aún una ley “anti monopolio” de imprenta, y pasando por alto que se la considere deseable y necesaria, es una restricción, y como tal no podría ser dictada por el Congreso federal de acuerdo a la norma que nos ocupa.

Se refiere el post al supuesto caos (haciendo suyo el argumento de un fallo que comento más adelante) que se generaría en el espectro radioeléctrico sin una ley federal. Lo cierto es que a cualquier libertad se le puede llamar caos, porque la negación de la libertad supone la existencia de un orden “debido”. Lo que no se ajusta a ese orden es un “caos”. Este subargumento podría ser reducido a “la ley facilita la libertad porque la libertad traería problemas”, lo cual es un contrasentido.

Más allá de eso, la constitución no prohibiría una legislación de asignación de frecuencias, sino que imposibilita que el Congreso federal la pueda dictar, correspondiendo a las provincias. No tendría por qué haber más caos entre las provincias que el que existe entre un país y otro. En el plano internacional están resueltos los conflictos. Del mismo modo lo podrían resolver las provincias.

Se invoca un fallo de la Corte en “Rio Negro c. Estado Nacional s/Amparo”, en el que se sostiene la constitucionalidad de la ley vigente, que se supone que le gobierno considera ilegítima. Es anecdótico, pero que curioso que el oficialismo después de demonizarla termine amparándose en una decisión de la “maléfica Corte menemista” que destituyó al mejor estilo de un golpe de estado.

Dice la Corte: “Es competencia del Estado nacional la regulación de las telecomunicaciones, pues las facultades reservadas por las provincias y su autonomía dentro del sistema político federal no obstan a que el gobierno nacional pueda legislar sobre aspectos internos de las actividades provinciales susceptibles de menoscabar el comercio interjurisdiccional y exterior” (Corte Suprema, en “Río Negro, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción de amparo”, Fallos 327:6011

El único argumento del fallo es justamente que el estado nacional debe resolver los conflictos de las frecuencias que traspasan las fronteras interjurisdiccionales, imaginando, como ya adelanté, que de otro modo se produciría un caos.

No explica la Corte en su fallo por qué no hay caos alguno entre los países, pero su alcance es mucho más limitado que lo que imaginan quienes lo citan. Apenas podría habilitar la existencia de una ley federal sobre frecuencias que traspasan esas fronteras y cómo se resuelven los eventuales conflictos, pero no a una ley que se refiera a los contenidos, las licencias, quienes las pueden tener y cuántas pueden tener. Casi nada en la ley tiene que ver con la solución de esos eventuales conflictos y por cierto está muy lejos de la inspiración de protección del libre comercio en que se sustenta la sentencia.

Hay todo un universo de formas modernas de libertad de imprenta que la ley regula, que nada tiene que ver con la posible invasión de frecuencias que pasan fronteras. La televisión por cable no produce interferencia alguna entre un operador y otro. La mayoría de las radios de FM y muchas de AM no traspasan fronteras en sus emisiones.

El fallo puede usarse contraio sensu para sostener que una ley federal no podría hacer otra cosa que resolver ese problema, quedando reservado a las provincias todo lo demás. Contrariamente al uso que se le quiere dar, surge con bastante claridad que la única atribución federal sería la de “legislar sobre aspectos internos de las actividades provinciales susceptibles de menoscabar el comercio interjurisdiccional y exterior”. Quiere decir que el fallo también está afirmando la “libertad de empresa”, un espíritu opuesto al de la legislación kirchnerista.

¿Democratización de la prensa? ¿Qué es eso?

La ley de control de los medios de comunicación del gobierno se hace bajo la consigna de la “democratización”. No son pocos los que han caído bajo los encantos de esta falacia, que se ve en los panfletos, en los carteles y atrae como la miel de una planta carnívora a la mosca que será devorada.

La democracia es una forma de gobierno. La prensa, la opinión, no deben ser gobernadas, ni por la mayoría ni por la minoría, ni por el gobierno, ni por los “buenos que nos cuidan”. Libertad de opinión quiere decir que no hay autoridad alguna a la que el que se expresa con sus propios medios tenga que atenerse. No hace falta apelar a las intenciones detrás del proyecto oficial. Quién quiere “democratizar” las opiniones ajenas, las quiere controlar. No es una mera cuestión terminológica. Al hablar de democratización se está colocando a la opinión minoritaria y a la de los disidentes en una situación anti sistema, paso previo a su persecución.

A esto le responde la nueva dogmática anti-liberal que “una cosa es la libertad de prensa y otra la libertad de empresa”. No se cómo harán los medios que se la han pasado hablando contra la libertad de empresa para argumentar en contra de esa afirmación cuando la política los degluta, pero lo cierto es que sin libertad de empresa, no hay libertad de prensa alguna. Salvo la opinión que emitamos en una servilleta en un bar o el graffiti anónimo en un callejón, el periodismo requiere una organización de tipo empresario. Separar una y otra cosa es una falacia. Ni siquiera nueva, los países oprimidos totalitarios donde todo está bajo control “del pueblo” utilizan el mismo argumento. Todos son empleados del Estado y glorifican al poder o son marginales perseguidos. Sin propiedad no hay libertad. Ni un blog es posible sin la libertad de una cadena de empresas.

La Constitución de 1853, tenía muy clara esta cuestión, al disponer en el artículo 32 que “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”. No habla aquí de la mera “libertad de expresión”, ni siquiera de la libertad de “publicar sus ideas por la prensa sin censura previa” como lo hace el artículo 14 de la misma Constitución.

El artículo 32 es una norma específica destinada a la protección de la empresa periodística, al capital que sostiene la opinión y la difunde, con capacidad de ser contrapeso de la política, porque los constituyentes sabían que la amenaza a la libertad está en los gobiernos y no en el sector privado. Empresas hay muchas, gobierno uno. Sin empresas no hay “4to. poder”. La Constitución ni siquiera autoriza al congreso federal a legislar sobre esta cuestión, vaya detalle que dudo que algún legislador siquiera esgrima en este debate.

Claro que si vemos los conglomerados que resultan de regulaciones, protecciones y supuestas facultades del Estado para regular el espacio radioeléctrico o las telecomunicaciones, es difícil que se entienda dónde está el beneficio de que haya un mercado abierto, si ni siquiera lo hay. Pero es más fácil en cambio ver el resultado del “control de la empresa” sobre la prensa en países como Venezuela, Cuba o cualquiera de los que han “democratizado” la opinión.

Es suficiente ver dónde termina esta “lucha de clases” que los “democritazadores” le proponen al periodista de carne y hueso al que le oponen la empresa periodística que no los “deja expresarse”.

Los medios en el plano interno son tan “democráticos” como lo es el propio periodista con su automóvil cuando transporta a un tercero. Si uno utiliza recursos ajenos tiene que atenerse a sus reglas, de lo contrario puede mantener sus propios criterios con su propio capital y no hay nada acá que se oponga a la democracia porque la propiedad es “privada” no “del pueblo”. En materia de “medios de comunicación” ninguna otra cosa es la “libertad de prensa” que la libertad de la empresa de medios de comunicación.

El grupo Clarín es como nuestra María Magdalena moderna. El gran pecador del periodismo, cuyo pecado mayor ha sido la contribución a la creación del poder omnímodo kirchnerísta protegiéndolo de la realidad y del conocimiento público de su corrupción. Como dije antes no hay mucha empresa periodística siquiera ateniéndose de atacar a la libertad de empresa. Pero esta es la miel de la planta carnívora. Si esperamos para defender la libertad a que se persiga a alguien que la merezca en la Argentina, nunca vamos a mover un dedo hasta que toquen a nuestra puerta.

Vivimos en una sopa demagógica en la que el ABC de la libertad, incluso de la democracia verdadera y la república suena a gran transgresión. La transgresión es la libertad, aprovechémosla mientras dure, porque cuando todo sea “democratizado” un artículo como este no podrá volver a leerse, salvo en algún blog, gracias a que fuera del país hay empresas libres de este gobierno