La ley, los dólares y el asalto estatal

En un estado de derecho lo “legal” no es el capricho que decide el Congreso, porque éste está subordinado al orden jurídico más general que es la Constitución. La Constitución escrita por si misma tampoco es en sí el marco jurídico general que es aquello que puede considerarse jurídico sin ser estrictamente político, es decir las reglas de justicia basadas en la propiedad y la libertad individual.
¿Cómo? ¿No hay justicia socialista? Por supuesto que no, el socialismo ni se plantea el problema de la justicia, sino que persigue una injusticia que dé un resultado igualitario. No se preocupa por el modo en que se obtuvieron los bienes, supone que si hay intercambios libres los que tienen menos han sido despojados por los que tienen más. Por lo tanto utilizan el término injusto como sinónimo de “desigual” y en definitiva la palabra justicia en su vocabulario no tiene significado propio.
¿Quieren hacer una justicia socialista? Mejor que traten de hacer volar a una vaca, ni pierdo el tiempo en semejante delirio aunque sea tan extendido que para la mayor parte de las personas lo que estoy escribiendo sea el delirio.
La Constitución habla de un mecanismo de creación legislativa. Eso no quiere decir que lo que saque el Congreso por ese mecanismo sea una ley, aunque formalmente se la llame así. Para mayor resguardo la misma Constitución establece derechos como libertades y aclara que ellas no pueden ser alteradas por las leyes que reglamenten su ejercicio. Es decir, estas leyes así sancionadas están para facilitar el ejercicio de los derechos.
Esa es la doctrina liberal de la Constitución y la única clase de juridicidad que no es mera amenaza política, que tiene valor por si misma para todos, con independencia de sus creencias o valores.
Es decir que cuando la Constitución señala cuáles son los mecanismos para crear una ley, no está diciendo que por ese procedimiento se puedan canalizar órdenes políticas no justas, es decir no protectoras de las libertades individuales y de la propiedad. Una norma que dice que se debe aportar dinero para la propaganda del gobierno, no es una ley, es un asalto redactado con palabrerío de abogado. Pero lo que es más importante, si fuera una ley, hay que violar la ley ¿Dije violar la ley? Si, dije violarla y recontra violarla y entenderse enemigo de sus creadores.
Hecha esa aclaración, el gobierno sostiene que comprar dólares es como comprar cocaína. Ambas prohibiciones son ilegales en el sentido que expuse antes, el estado no tiene autoridad para determinar qué cosa es justa. Los jueces hacen eso como una misión específica, pero ellos están subordinados a la justicia. Deben descubrir qué cosa es justa, no inventar la justicia en reemplazo de los legisladores.
Pero, acá viene la aclaración que quería hacer antes de irme por las ramas, la cocaína está prohibida por orden abusiva del estado, ese tipo de amenaza “legalizada” por los órganos estatales sublevados contra el estado de derecho y el principio de igualdad ante la ley (valor opuesto al paternalismo).
Los dólares, en cambio, no están prohibidos. Es más, hay algo que la casta estatal llama “mercado oficial”, mal podría sostenerse que esa mercancía está prohibida si se comercializa “oficialmente”.
Lo que ocurre es que el gobierno veda de hecho el acceso a esa mercancía, es decir sin apoyatura jurídica ni siquiera simulada bajo al forma de una orden del Congreso. Lo que hace es mostrar una voluntad no formal pero si explícita, de que la población no pueda escapar de la emisión monetaria. Todo de facto.
En tanto el país no es un ejército, hacemos muy bien en pasarnos por las partes aquellas los deseos del gobierno. Es una buena actitud, casi la única que nos queda del pasado de dignidad.
Ahora bien, los cómicos del gobierno invocan la ley penal cambiaria, cuya sanción merecería enjuiciar a quienes la apoyaron por el artículo 29 de la Constitución. Todo esto puede parecer exagerado porque se ha concedido tanto y por tantos años que nos hemos acostumbrado a que lo normal es la tolerancia a lo intolerable. Antes propuse ser ilegales, ahora propongo ser anormales. Es la única salvación.
Pero resulta que la ley penal cambiara habla de cómo se deben comprar dólares, no de que no se pueden comprar dólares. En la medida en que el gobierno restringe de facto ese mercado, la situación de hecho en la que el tipo penal funcionaría no existe, no es parte de la realidad. No hay un mercado de instituciones regulares que vendan los dólares que protegen a la población contra la violación del derecho de propiedad y el saqueo del impuesto inflacionario, que tampoco pasa por el Congreso. No se puede violar la obligación de comprar dólares en una casa de cambio oficial, si la compra de dólares en una casa de cambio oficial ha sido impedida de facto por la misma autoridad que dice qué cosa es una casa de cambio oficial. Y si fuera prohibida la compra de dólares en si con una “ley”, entonces el tipo penal que veda comprar dólares fuera de las casas de cambio, estaría siendo derogado formalmente por una norma que la contradice, al decir que no se pueden comprar dólares en las casas de cambio. En nuestra situación “jurídica” actual, comprar dólares está permitido explícitamente, al prohibirse hacerlo fuera de las casas de cambio. Y como las casas de cambio están en los hechos inoperantes para el comprador, pues tampoco hay forma de aplicarle a alguien la ley penal tributaria por comprar en una cueva o a un arbolito.
No hay que ser muy “garantista” para darse cuenta que si una “ley” dice que a Mar del Plata sólo se puede ir por la ruta 2 y el estado dinamita la ruta 2, la prohibición de ir por otro camino desaparece y en términos de derecho penal no hay manera alguna que ningún juez con dos dedos de frente interprete que tal acción pueda ser penalizada (si, ya se que soy un iluso).
Ahora el gobierno planifica modificar la ley penal tributaria, seguramente dirá que el que compra dólares marcha preso. Por eso hice la aclaración del principio, será completamente ilegal hacerlo y habrá que encontrar, en nombre del derecho, todas las formas de evitar que esta arbitrariedad se consume. Mientras tanto, toda la actividad del estado persiguiendo la compra informal de dólares, carece por completo de respaldo leguleyo, por no usar mal la palabra legal otra vez.
(Ante cualquier duda consulte a su experto en obedecer, llamado incorrectamente abogado)

By Jose Benegas

Abogado, ensayista y periodista. Master en economía y ciencias políticas. Conductor y productor de radio y televisión. Colaborador de medios escritos, televisivos y radiales. Analista y conferencista internacional desde la perspectiva de la sociedad abierta y las libertades personales a las que ha dedicado su obra intelectual. Dos veces premiado en segundo lugar del concurso internacional de ensayos Caminos del la libertad.

4 comments

  1. y contadores (mal que le pese a mis colegas) cómplices de la mafia. si vos vieras los cursos y conferencias que da el CPCECF es bochornoso. No tienen la más puta idea de lo que son los derechos individuales y la ética. Ni Bastiat saben quién es.

  2. José: valorotu inteligencia y sentido del humor, pero no todos los abogados somos “expertos en obedecer”. Por derecho propio, he planteado la inconstitucionalidad del default en lo que a mis títulos concierne y del mal llamado “canje”, con sentencia adversa de primera instancia, y que llevaré hasta la última.

    Hay muchos periodistas que son expertos en criticar, sin hacer nada. No es tu caso, pero no me gustan las generalizaciones injustas.

    En todo caso, una generalización un poco más justa es que los expertos en obedecer son la mayoría de los jueces, y de la pretenciosamente llamada oposición.

    Saludos

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